domingo, 28 de noviembre de 2010

¿TENEMOS DERECHO A DISPONER DE LA VIDA DE OTRO SER HUMANO?

Por: Oscar Berrocal


En Perú se ha estado discutiendo sobre las posibilidades de legalizar el aborto, incluso desarrollando propuestas legislativas, pretendiendo volver a la institución romana “Partus enim antequam edatur mulieris portio est vel viscerum” (antes del parto, el feto es una parte de la mujer o de las vísceras).

Es decir, pretenden desconocer el principio fundamental de “la vida de toda persona humana”, protegida en nuestra Constitución, en nuestros códigos sustantivos e incluso a nivel supranacional a través de los Tratados en los cuales el Perú ha sido partícipe, ratificando los mismos.

Nuestra Constitución señala en su artículo 2 inciso primero, que toda persona tiene derecho: “A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”.

Según el abogado especialista en menores Fermín CHunga Lamonja "El Código Penal, en su artículo 119º señala que el aborto terapéutico no es punible. En el art. 120º del mismo cuerpo legal, reprime con pena privativa de libertad no mayor de 3 meses el aborto sentimental y eugenésico. En la práctica, es casi imposible que se llegue a sentenciar a una persona por ser sujeto activo de este tipo de delito, ya que el plazo para su prescripción es corto, por lo que cabe la posibilidad de que esta norma sea meramente declarativa, no aplicable en la realidad."

Es clara la posición adoptada por nuestra legislación nacional, reconociendo al concebido como persona sujeta a derechos, y uno de esos derechos que se le reconocen es el Derecho a la Vida, consagrada en nuestra Carta Magna.

Legalizar el aborto, significaría desnaturalizar la concepción legal que tenemos sobre la persona humana y el derecho a la vida (además de desconocer los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos ratificados por el Perú), discriminando al concebido de dicho concepto, dejando el destino de su vida al arbitrio de los intereses de las personas, logrando así que “La persona humana tenga derecho para quitar la vida humana de otro.”



No hay comentarios:

Publicar un comentario